PILOTS


Asociación Civil Prácticos del Río Paraná

República Argentina

 

Fondeo en Nueva Palmira

 

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A continuación se transcriben los principales párrafos de la Disposición Marítima Nº 77 de la PNN de la R.O.U.

1.- Establézcase como lugar de fondeo de buques en la Rada del Puerto de Nueva Palmira:
        a.- Al Norte del paralelo que pasa a 3.5 cables de la cabecera Norte del Muelle Oficial.
        b.- Preferentemente sobre la margen izquierda del río.
        c.- Debiendo mantener una separación entre buques no menor de 4 cables.
 
2.- El Centro de Control e Información Zonal de Tráfico Marítimo del Puerto de Nueva Palmira:
        a.- Regulará y fijará los movimientos y operaciones en esa zona.
        b.- Coordinará con el Centro de Control e Información de Tráfico Marítimo de Carmelo, la disponibilidad de fondeo en la zona mencionada.
 
3.- Esta Disposición no libera la obligación de los Capitanes o Prácticos de llevar cuidadosamente los deberes de un buen marino y de tomar las medidas necesarias para mantener la seguridad del buque y terceros.

Acorde a esta disposición habría en esa rada lugar para 4 (cuatro) buques. El fondeado más al Norte estaría próximo a la Boya Nº 5 del río Uruguay.

La boya del Capri, estaría ahora corrida a la posición: 33 52.680 S  58 26.140W . Según comentarios de Sres. Prácticos de la R. O. U. Habría ya más de 12 metros sobre el casco y no ofrecería peligro.

Croquis de la Rada (Imprimir en hoja Oficio)